VERI*FACTU: fechas vigentes y la ampliación anunciada

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Según el Real Decreto 1007/2023, en la redacción del Real Decreto-ley 15/2025, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades incluidos en su ámbito deben tener adaptados sus sistemas de facturación antes del 1 de enero de 2027 y el resto de obligados antes del 1 de julio de 2027 [1][2]. El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda comunicó una previsión de ampliar ese plazo [3]; mientras no se publique en el BOE, las fechas vigentes son las de arriba.

Fechas clave

FechaQué ocurreFuente
Para los obligados incluidos en el ámbito del reglamento: antes de esta fecha, sistemas adaptados para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (artículo 3.1.a), salvo las entidades exentas [1].[1]
Para los obligados incluidos en el ámbito del reglamento: antes de esta fecha, sistemas operativos para el resto de obligados del artículo 3.1 (IRPF con actividades económicas, IRNR con establecimiento permanente y entidades en atribución de rentas) [1].[1]

Quién está obligado

El reglamento se aplica a quienes usen sistemas informáticos de facturación, aunque sea para una parte de su actividad: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, del IRPF que desarrollen actividades económicas, del IRNR con establecimiento permanente y entidades en régimen de atribución de rentas con actividades económicas [1].

No se aplica a quienes llevan los libros registro del IVA por el Suministro Inmediato de Información (SII), según el artículo 62.6 del Reglamento del IVA [1].

Dentro del Impuesto sobre Sociedades, las entidades totalmente exentas del artículo 9.1 de la Ley 27/2014 no están sometidas; las parcialmente exentas de sus apartados 2, 3 y 4 lo están solo por las operaciones que generen rentas sujetas y no exentas (artículo 3.1.a) [1].

El reglamento se aplica en todo el territorio español, sin perjuicio de los regímenes forales del País Vasco y Navarra, y con las especialidades de Canarias, Ceuta y Melilla (artículo 1.3) [1].

Además, el artículo 4 excluye algunas operaciones, como las documentadas en facturas de establecimientos permanentes situados en el extranjero o determinadas facturas expedidas por el destinatario o por un tercero cuando se llevan los libros por el SII [1]. Compruebe el ámbito de cada cliente antes de aplicarle el calendario.

El periodo previo es de pruebas

La AEAT explica que el periodo anterior a cada fecha es de pruebas: se puede dejar de remitir registros de prueba con un sistema VERI*FACTU y facturar con otros sistemas hasta la fecha límite [2].

La ampliación anunciada

La sede de la AEAT recoge una «Comunicación del Ministerio de Hacienda de 05/10/2026: Previsión de ampliación del plazo de adaptación de los sistemas informáticos de facturación (SIF)» [3].

A 7 de noviembre de 2026, el texto consolidado del Real Decreto 1007/2023 en el BOE sigue en la redacción publicada el 3 de diciembre de 2025, con las fechas de esta guía [1]. Revise el BOE antes de planificar: si se publica la ampliación, esta guía se actualizará.

Preguntas frecuentes

¿Un autónomo tiene que cumplir el 1 de enero de 2027?
No según el texto vigente: el 1 de enero de 2027 aplica a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades; el resto de obligados, como los autónomos en IRPF, tiene hasta antes del 1 de julio de 2027 [1].
¿Se ha aplazado otra vez VERI*FACTU?
Hacienda comunicó el 5 de octubre de 2026 una previsión de ampliación [3], pero a 7 de noviembre de 2026 el BOE mantiene las fechas de esta guía [1].
¿Afecta a una empresa que ya está en el SII?
No: el reglamento excluye a quienes llevan los libros registro según el artículo 62.6 del Reglamento del IVA [1].

Fuentes oficiales

  1. Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (texto consolidado). BOE, última actualización publicada el 3 de diciembre de 2025.
  2. Nota informativa: Ampliación del plazo de adaptación de los sistemas informáticos de facturación (SIF). Agencia Tributaria, página actualizada el 13 de octubre de 2026.
  3. Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y VERI*FACTU. Agencia Tributaria, consultada el 7 de noviembre de 2026.