e-CF después del 15 de noviembre de 2026: qué pasa si un cliente no se habilitó

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La Ley 32-23 obliga a todos los contribuyentes a emitir comprobantes fiscales electrónicos (e-CF). El 15 de noviembre de 2026 vence la prórroga general, automática y de seis meses, para pequeños, micro y no clasificados [1][2]. Antes de determinar un incumplimiento, compruebe el plazo aplicable a cada contribuyente, incluidas las reglas para nuevas inscripciones en el RNC [7]. Vencido el plazo que le corresponda, quien no se haya habilitado queda expuesto a las sanciones de la ley [1][7].

Fechas clave

FechaQué ocurreFuente
Vencía el plazo de 36 meses de la Ley 32-23 para pequeños, micro, no clasificados y demás entidades estatales [3].[3]
Vence la prórroga general, administrativa, automática y sin solicitud, de seis meses para pequeños, micro y no clasificados. Las nuevas inscripciones en el RNC pueden tener un plazo propio [1][7].[1]

Quién está obligado

Según la DGII, la factura electrónica es obligatoria para todas las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, y los entes sin personalidad jurídica domiciliados en el país que transfieran bienes o presten servicios, a título oneroso o gratuito (artículo 2 de la Ley 32-23) [3].

El calendario del artículo 37 se cuenta desde la entrada en vigor de la ley, promulgada el 16 de mayo de 2023: 12 meses para los grandes contribuyentes nacionales, 24 para los grandes locales y medianos y 36 para los pequeños, micro y no clasificados [4].

Nuevas inscripciones en el RNC

La DGII explica que una empresa pequeña, micro o no clasificada constituida con más de 120 días de antelación al fin de la prórroga tiene hasta esa fecha. Si se inscribe en el RNC con otro tamaño, o con menos de 120 días hasta la fecha límite, tiene hasta 120 días desde su inscripción para implementar la facturación electrónica [7].

Por eso el 15 de noviembre no es un límite universal: compruebe la fecha de inscripción de cada cliente antes de darlo por incumplido.

Qué pasa si un cliente no se habilita a tiempo

La DGII avisa que, vencido el plazo que le corresponda, quien no haya implementado la facturación electrónica podrá ser sancionado según el artículo 27 de la Ley 32-23, por las infracciones de su artículo 26 [1]. En 2025 ya había detallado los numerales del artículo 26 que se aplican y las sanciones de los artículos 27, 28 y 29 [3].

Esta guía no calcula importes de sanción: dependen del caso y de la ley. Consulte el texto oficial o a la DGII.

Qué revisar en la cartera antes y después del 15 de noviembre

Preguntas frecuentes

¿Hay que pedir la prórroga hasta el 15 de noviembre de 2026?
No. La DGII la concedió de forma automática y generalizada, sin solicitud, para los contribuyentes pequeños, micro y no clasificados [1].
¿La prórroga alcanza a los grandes locales y medianos?
No. El aviso se dirige a pequeños, micro y no clasificados. Los grandes locales y medianos deben emitir solo e-CF desde el 1 de noviembre de 2026 [2].
¿Dónde compruebo la clasificación de un cliente?
En los listados de contribuyentes obligados que publica la DGII, consultando el RNC [4].
¿Qué plazo tiene una empresa que se inscribe en el RNC cerca del 15 de noviembre?
Según la DGII, si se inscribe con menos de 120 días hasta la fecha límite, o con un tamaño distinto de pequeño, micro o no clasificado, tiene hasta 120 días desde su inscripción [7].

Fuentes oficiales

  1. Aviso 06-26: Extensión del plazo de implementación de Facturación Electrónica para contribuyentes pequeños, micros y no clasificados. DGII, 6 de mayo de 2026.
  2. DGII reitera emisión de facturas electrónicas tipo E. DGII, noticia, consultada el 7 de noviembre de 2026.
  3. Aviso 14-25: Plazo de implementación de Facturación Electrónica para resto de contribuyentes. DGII, 3 de junio de 2025.
  4. Listados de contribuyentes obligados a implementar Facturación Electrónica. DGII, consultada el 7 de noviembre de 2026.
  5. Facturador Gratuito. DGII, consultada el 7 de noviembre de 2026.
  6. Facturación Electrónica: requisitos para ser emisor electrónico. DGII, consultada el 7 de noviembre de 2026.
  7. Facturación Electrónica para nuevos contribuyentes (respuesta oficial de la DGII). DGII, Comunidad de Ayuda, consultada el 7 de noviembre de 2026.